Empiezan las vacaciones…¿Tengo que contestar al correo de mi jefe?
El derecho a la desconexión digital se ha regulado expresamente en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a través de su artículo 88, en virtud del cual:Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral
El artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, incorpora un novedoso derecho y es que los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital, con el fin de garantizar su tiempo de descanso, vacaciones, así como su intimidad personal y familiar.
