Una novedosa sentencia obliga a los empresarios a revisar los usos de las imágenes captadas en el ámbito laboral, así como la información facilitada
Una novedosa sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Tres de Pamplona, de fecha 18 de febrero de 2019, no admite como prueba las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia de una empresa, en un procedimiento de despido disciplinario.
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