La Ley 2/2023 por la que se regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que traspone al ordenamiento jurídico la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, determina que las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados a cincuenta o más personas trabajadoras, los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos, están obligados a disponer de un sistema interno de información o de denuncias.
En otros ámbitos estaba ya prevista la obligación de disponer de un canal interno de comunicación como, por ejemplo, en aquellas entidades obligadas a disponer de un Plan de Igualdad o sujetos obligados de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. Estos canales, si ya existían, habrán de cumplir igualmente con los requisitos de la Ley 2/2023.
En HELAS hemos diseñado una herramienta como canal interno de comunicación para la gestión de denuncias y/o comunicaciones dentro de una Organización que puede ser utilizado para el alcance que la Organización determine.
Ofrecemos una solución de canal interno totalmente personalizable para cada cliente y que cumple con los requisitos establecidos por la Normativa.