La LOPDGDD cumple un año

By bloghelas
In diciembre 11, 2019
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Ya ha pasado un año de la publicación en el BOE de la tan esperada LOPDGDD. Aprovechando este cumpleaños y las fechas en las que nos encontramos, tan propensas a reflexionar y a hacer balance, repasemos qué ha supuesto este primer año de nueva norma.

Es evidente que el Cambio con mayúsculas nos ha venido de la mano del RGPD y parece que la LOPDGDD ha asumido el papel de su hermana pequeña. Pero no debería ser así. La LOPDGDD contribuye notablemente a aumentar las garantías de privacidad y protección de datos de los ciudadanos.

Es de destacar la labor encomendada a esta norma de adaptar nuestro ordenamiento jurídico al RGPD, completando sus disposiciones. La regulación de los sistemas de información de denuncias internas, por ejemplo, era algo necesario y que encaja perfectamente en el enfoque general de cumplimiento normativo dentro de las organizaciones. Destacable también la contribución al perfilado de la figura del Delegado de Protección de Datos y de las organizaciones obligadas a designarlo.

Pero no se nos debe olvidar que esta ley también tiene encomendada la complicada tarea de garantizar los derechos digitales de la ciudadanía. Y para ello el legislador, tras varios borradores y proyectos, le puso a la LOPD el apellido GDD. ¿Hemos avanzado este año en la puesta en marcha del Título X de la norma? La AEPD está cumpliendo con su parte con un buen trabajo de divulgación publicando numerosas infografías, guías, entradas de blog, etc… encaminadas, principalmente, a informar al ciudadano sobre sus derechos digitales.

Donde aún queda mucho camino por recorrer es en la concienciación de las organizaciones. Materias tan sensibles como la desconexión digital, geolocalización, intimidad y uso de dispositivos digitales en ámbito laboral aún no están consolidadas en la conciencia empresarial tanto como sería de esperar. Cierto es que se trata de materias novedosas para la mayor parte de las organizaciones y que, por tanto, su implantación puede resultar más complicada y costosa ya que se requiere un cambio notable de mentalidad. Sin duda también contribuye el hecho de que el régimen sancionador previsto en la LOPDGDD no es de aplicación al Título X. Es sabido que ponemos más interés en cumplir las normas cuando nos afectan al bolsillo.

 

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Natalia Antón Carabias

Consultor de Helas Consultores

       

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