Stop a la difusión de datos sensibles sin consentimiento
Las personas jurídicas y las personas físicas, que difundan datos sensibles a terceros sin consentimiento de estos, están sometidas a una serie de consecuencias tanto penales, civiles como administrativas.La AEPD ha publicado unas directrices orientadas a aplicaciones móviles educativas y de actividad física, bienestar y salud
Entre las recomendaciones más importantes, que, además, resultan extrapolables a la política de Privacidad de cualquier aplicación, destacamos:IoT: Riesgo de privacidad para nuestros hijos
Hace unos días fui a casa de una amiga con mis hijas. Los hijos de mi amiga nos animaron a “jugar” con Alexa. “Mira qué divertido, le puedes preguntar lo que quieras”, me dijeron entre risas. El resto la tarde la pasé intentando que mis hijas no le dijeran nada al dichoso “juguetito”.Los errores internos en las empresas son una de las causas principales por las que se producen las brechas de seguridad
Una brecha de seguridad es un incidente de seguridad que afecta a datos de carácter personal y que puede tener un origen accidental o intencionado.En busca de una regulación de las técnicas de reconocimiento facial
Hace unas semanas, mi compañera Marta Serrano escribió un interesante artículo sobre “Tips de seguridad para proteger tus dispositivos«donde nos hablaba de los problemas de privacidad de la conocida aplicación FaceApp, que utiliza un sistema de inteligencia artificial para envejecer tu imagen. La App Zao, igualmente mediante inteligencia artificial, permite el intercambio de la cara del usuario con la de cantantes o actores.Tiempo de actualizar nuestros contratos de encargo de tratamiento
La entrada en vigor del RGPD y la LOPDGDD ha supuesto un gran esfuerzo a las empresas de actualización de sus procedimientos internos de trabajo. Todas las áreas corporativas han tenido que hacer una radiografía para revisar los procesos de negocio que manejan datos de carácter personal para registrarlos formalmente en el Registro de Actividades del Tratamiento, se ha repasado el clausulado de formularios, cuestionarios y cualquier otra forma...Primera sanción tras el RGPD en sector de recobro por falta de confidencialidad
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto la primera multa a una empresa del sector de recobro tras la aplicación del RGPD.Publicado el Reglamento Europeo de CiberSeguridad
El pasado 27 de junio entró en vigor el Reglamento 2019/881 del Parlamento europeo y del Consejo relativo a ENISA (Agencia Europea para la Ciberseguridad) y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación y por el que se deroga el Reglamento 526/2013 (Reglamento sobre la Ciberseguridad).¿Existen vulnerabilidades en los datos que han sido anonimizados?
La respuesta a la anterior pregunta, en gran medida, no depende de nosotros como usuarios si no de aquellas empresas e instituciones que traten nuestros datos personales, habida cuenta, que serán las que realizarán los procesos de anonimización y deberán garantizar, conforme al principio de responsabilidad proactiva instaurado con el RGPD, que la anonimización sea efectiva, real e imposibilite la reidentificación de la persona.La administración concursal y la protección de datos
La Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal establece en su artículo 95 la obligación para la administración concursal de dirigir una comunicación electrónica al deudor y a los acreedores que hubiesen comunicado sus créditos y de los que conste su dirección electrónica, para informarles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores, estén o no incluidos en la misma.
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