¿Estamos cerca de una política de recompensas en la lucha contra el fraude?

In mayo 10, 2022
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Poco a poco van estando más presentes en el ordenamiento nacional las medidas que está tomando la UE en la lucha contra el fraude.

Ya se ha dado un primer paso significativo con la aprobación del anteproyecto de ley que protege a las personas que denuncien una infracción, teniendo como objetivo garantizar protección a todas las personas que informen sobre corrupción, fraudes o violaciones del Derecho de la UE o el ordenamiento jurídico interno, así como definir las normas mínimas que han de cumplir los canales de comunicación.

Sin embargo, la Directiva Europea de la que emana esta nueva Ley no contempla aún el establecimiento de una política de recompensas económicas que incentive y premie a los denunciantes o alertadores de este tipo de irregularidades, como ya ocurre desde hace tiempo en los Estados Unidos.  

En efecto, al otro lado del Atlántico, la SEC (Securities and Exchange Commission), el Organismo encargado de velar por la protección de inversores y garantizar la justicia de mercados tiene como objetivo principal “promover un entorno de mercado que sea digno de la confianza del público”, lo que incluye una política de recompensas económicas para los denunciantes de forma que se incentive y anime la colaboración ciudadana.

Jane Norberg, Jefa de la Oficina del Denunciante de la SEC entre 2016 y 2021, manifestó acerca de este sistema que “estos premios demuestran que los denunciantes pueden proporcionar a la SEC información increíblemente significativa que permite perseguir y remediar las violaciones graves que, de otra manera, pasarían desapercibidas».

Durante el mandato de Norberg se llegaron a distribuir 650 millones de dólares en recompensas a 110 denunciantes/alertadores, incluyendo 9 de los 10 pagos más elevados en toda la historia del sistema. Durante los ejercicios 2020 y 2021 se alcanzaron unas cifras récord de personas recompensadas y el valor de los pagos entregados (40 denunciantes en 2021, con recompensas por un valor de 200 millones de dólares y 39 denunciantes en 2020 que recibieron un total de 175 millones).

La información aportada por estos denunciantes permitió que la SEC pudiese imponer sanciones por un valor de 3,1 billones de dólares.

No obstante, se han de cumplir lógicamente una serie de requisitos para optar a una compensación económica. En primer lugar, que la información facilitada sea veraz, creíble, oportuna y, en segundo lugar, que la denuncia sea determinante para lograr una sanción contra los infractores.    

Si bien la Directiva de la UE de Protección de Denunciante y sus correspondientes trasposiciones nacionales siguen el camino ya andado en países como Estados Unidos, parece que no existe aún base cultural para establecer un sistema de incentivos como el de la SEC por lo que los perjuicios y mala fama del denunciante como “chivato” y el miedo a las represalias que se podrían sufrir nos hace preguntarnos hasta qué punto funcionarán los canales internos de comunicación en nuestro sistema.

Habremos de esperar aun a la aprobación definitiva de la Ley en España y a su efectiva aplicación para comprobar hacia dónde nos dirigimos en cuanto al establecimiento de un sistema de recompensa económica que promueva o anime esa colaboración ciudadana tan necesaria e indispensable en muchos casos y que podría ser el empujón definitivo para lograr el éxito de los canales de comunicación.  

 

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Paloma Mendo Samitier

Consultor de Helas Consultores

       

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