El TSJ de Navarra rebaja la pena a una enfermera por accesos indebidos a historiales clínicos

In abril 13, 2026
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¿Qué ha pasado?

Órgano judicial: Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), Sala de lo Civil y Penal.
Hecho: El TSJN ha rebajado de 5 a 3 años la pena de prisión impuesta a una enfermera que, entre 2018 y 2020, realizó aproximadamente 150 accesos indebidos a historiales clínicos de tres mujeres.
Motivo de la rebaja: La Sala aprecia como “muy cualificada” la atenuante de dilaciones indebidas, al considerar que el procedimiento estuvo paralizado de forma extraordinaria durante más de tres años y medio.
Conclusión clave: Se mantiene la condena por revelación de secretos, pero se reduce la pena por el retraso procesal excesivo; además, el tribunal subraya la falta de control adecuado del Servicio Navarro de Salud sobre los accesos a historias clínicas.

Hechos acreditados (según sentencia mantenida)

  • Accesos indebidos a historiales de:
    • La pareja estable del hombre con el que la acusada mantuvo una relación.
    • La hermana de esa mujer.
    • La hija de la primera.
  • Los accesos fueron reiterados y sin justificación asistencial.

Delitos y penas tras la revisión

Delitos: Tres delitos continuados de revelación de secretos (accesos a historia clínica).
Pena de prisión: Se reduce la pena por cada delito de 20 meses a 12 meses, quedando un total de 3 años.
Multa: Baja de 4.860 € a 3.780 €.
Inhabilitación profesional: Se reduce de 13 años y 6 meses a 9 años.
Responsabilidad civil: Se mantienen las indemnizaciones fijadas: 15.000 €, 6.000 € y 4.000 €.

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.

Clave del caso: dilaciones indebidas “muy cualificadas”

El TSJN considera acreditada una paralización procesal extraordinaria en la fase intermedia:

  • Desde el 17/11/2021 (calificación de acusación particular)
  • Hasta el 08/04/2025 (escrito de defensa)
  • Más de tres años y medio de retraso, mayoritariamente por inactividad procesal no justificada.

Este factor determina la reducción de la pena.

Responsabilidad del Servicio Navarro de Salud (SNS)

  • Se mantiene la responsabilidad patrimonial subsidiaria del SNS.
  • En la sentencia de instancia (hechos probados que el TSJN mantiene), se señala que el SNS no realizó un control adecuado de los accesos a historias clínicas por parte de sus profesionales.

Conclusión

El TSJN reafirma que los accesos indebidos a historiales clínicos constituyen un ilícito grave, pero reduce la pena por dilaciones indebidas muy cualificadas. La resolución refuerza dos mensajes clave:

  1. La necesidad de controles y trazabilidad efectivos en el acceso a datos sanitarios.
  2. La relevancia procesal de los retrasos extraordinarios en procedimientos penales con impacto directo en la pena.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/–El-Tribunal-Superior-de-Navarra-rebaja-de-5-a-3-anos-de-prision-la-pena-a-una-enfermera-por-150-accesos-indebidos-a-historiales-clinicos–

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