La AEPD inicia de oficio una investigación a TikTok

In julio 19, 2022
On Blog
Comments off
428 Views

 

TikTok ha cambiado su política de privacidad, anunciando una forma diferente en la que justifica el tratamiento de información personal para mostrar publicidad, provocando así a que la Autoridad de Control (AEPD) iniciara una investigación de oficio por un posible abuso del interés legítimo.

Este cambio en la política de privacidad se basa en el envío de publicidad a los usuarios de manera personalizada y basada en los intereses de estos. Anteriormente, tiktok tenía dos opciones para el envío de publicidad personalizada a los usuarios, los cuáles podían dar su consentimiento mediante la aceptación o el rechazo. La publicidad se compartía mediante las cookies o a través de la aplicación mediante la elaboración de perfiles según sus hábitos y los contenidos que ven en la red. No obstante, la elaboración de perfiles era voluntaria, es decir, podía vetarse en el menú de ajustes, recibiendo así publicidad que no era personalizada.

No es la primera vez que tiktok está en el punto de mira, pues una de las mayores federaciones de consumidores de Europa acusó a tiktok de prácticas opacas, por las campañas publicitarias encubiertas y su impacto en los menores de edad, considerándose que estaban totalmente desprotegidos. La red social llegó a un Acuerdo con Europa donde se comprometía a mejorar su transparencia y los impactos publicitarios de sus usuarios.

El Reglamento de Protección de Datos establece que cada tratamiento de datos debe tener una base de legitimación, es decir, un ‘’permiso legal’’ o una justificación para el uso de esos datos. La elaboración de perfiles de tiktok para enviar contenido publicitario personalizado contaba con el consentimiento expreso del usuario, cumpliendo con la base de legitimación del consentimiento.  

No obstante, con este cambio en las condiciones, tiktok ya no basarían este tratamiento en el consentimiento si no en el interés legítimo, considerando que tiktok tiene que crear perfiles para enviar contenidos de interés de »tiktokers» favoritos y para mostrar publicidad personalizada, siendo necesario para su existencia, contando con un tratamiento totalmente excesivo conforme a la normativa de Protección de Datos.

Según el RGPD, el interés legítimo es considerado como una base jurídica para el tratamiento de los datos, siempre que no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades del interesado, teniendo en cuenta las expectativas razonables de los interesados basadas en su relación con el responsable, en este caso Tiktok. Tal interés legítimo podría darse, por ejemplo, cuando existe una relación pertinente y apropiada entre el interesado y el responsable. ¿Es correcto en este caso la aplicación del interés legítimo o es excesiva?

Tiktok ha paralizado la publicación de la nueva política de privacidad, posponiendo su publicación y sigue justificándose ante las autoridades de Control Europeas.

 

 

#Helas #AEPD #Protecciondatos #privacidad #Legaltech #RRSS #TIKTOK

 

 

María Jiménez García

Consultor de Helas Consultores

       

Comments are closed.