Propuesta de directiva UE sobre la Desconexión Digital

In marzo 16, 2021
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Hiperconectividad, fatiga informática, desconexión digital… son términos que, hasta hace bien poco, no formaban parte de nuestro lenguaje habitual. Sin duda, el auge “forzado” del teletrabajo que estamos viviendo ha hecho que actualmente se encuentren de plena actualidad.

El derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, aunque novedoso como término, ya está ampliamente regulado. Encontramos referencias en el propio Estatuto de los Trabajadores (art. 20 bis), en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), en el Real Decreto-ley de trabajo a distancia (Ley de Teletrabajo) y en la Carta de Derechos Digitales, elaborada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, cuya fase de consulta pública finalizó el pasado 21 de enero.

Pues bien, a toda esta regulación, debemos sumar una resolución del Parlamento Europeo con recomendaciones para la Comisión sobre este derecho, con la propuesta de que se legisle a través de Directiva.

El texto establece los requisitos mínimos que deberán adoptarse para garantizar que los empleadores respeten el derecho a la desconexión digital de sus trabajadores. Hablamos, entre otras, de medidas como registros que permitan medir la duración del trabajo (algo que ya tenemos obligación de llevar a cabo), modalidades para apagar herramientas digitales, evaluaciones de la salud y seguridad en relación con este derecho, criterios para establecer excepciones y acciones de concienciación, formación e información.

Sin duda nos encontramos ante un gran avance en la “normalización” de un derecho esencial para todos, aunque aún debemos esperar para ver sus resultados. Los Estados miembros dispondrán de 2 años desde la entrada en vigor de la Directiva para trasponerla a los propios ordenamientos y de un año más para la aplicación de las disposiciones elaboradas para dicha transposición.

En un mundo tan acelerado y cambiante, con 3 años de margen para aplicar una Directiva ¿crearemos normas que, por defecto, nazcan ya obsoletas? Esta es la eterna dificultad de legislar aspectos relacionados con las nuevas tecnologías.

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Natalia Antón Carabias

Consultor de Helas Consultores

       

 

 

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